Todo lo que siempre has querido saber sobre la Factura electrónica esta aqui!


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StockBase POS permite emitir facturas electronicas segun lo exige AFIP de Argentina. Esta funcionalidad esta disponible en la Edicion Power del programa.

La factura electrónica es la evolución digital de la tradicional factura impresa y hoy su implementación es obligatoria por parte de la AFIP y por una pocas profesiones, siempre que facturen más de $300.000 al año.

Una factura es el comprobante fiscal en papel de una transacción comercial en la cual el vendedor entrega un producto o brinda un servicio, al consumidor que le ha pagado por el mismo.

El comprador debe conservar el original de este comprobante y el vendedor el duplicado.

Según actuales disposiciones de los organismos recaudadores, algunas categorías de contribuyentes están obligados implementar la modalidad de facturación electrónica, que es un régimen especial basado en la informática para la emisión y almacenamiento electrónico de los documentos originales, que son respaldatorios de las operaciones de compraventa de bienes o servicios.

La factura electrónica es un comprobante virtual y constituye el mismo tipo de comprobante que la tradicional factura en papel.

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En este régimen y respetando el cumplimiento de las normas de seguridad obligatorias, la factura electrónica tiene exactamente la misma validez que la de la tradicional factura en papel y es suficiente comprobante legal de la operación. Para esto lleva, además, la firma en forma digital, del emisor con su autenticidad certificada. También se garantiza digitalmente que, una vez emitida, la factura no podrá ser modificada ni alterado su contenido.

Aquellos contribuyentes que se encuentran obligados, según la normativa vigente, también deberán llevar los libros IVA Compras y Ventas en forma electrónica, y además deben conservar el duplicado de la factura electrónica. Imagen enviada

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AFIP pretende la incorporación de todos los servicios profesionales, en el régimen de facturación electrónica, en una primera etapa los alcanzados por la norma, siempre que facturen más de AR$ 300.000 al año son: Abogados, Licenciados en Administración, Licenciados en Economía, Licenciados en Sistemas, Contadores Públicos, Actuarios, Escribanos, Notarios, Ingenieros y arquitectos.

Existen dos sistemas de emisión de comprobantes electrónicos:

  • Régimen de Emisión de Comprobantes Electrónicos (RECE).
  • Régimen de Emisión de Comprobantes Electrónicos en Línea (RCEL).
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Para usar el RECE, el contribuyente deberé contratar a un proveedor del software necesario para poder emitir las facturas virtuales.

El RCEL es un facturador online gratuito, se utiliza desde el sitio de la AFIP y se ingresa con la clave fiscal y desde allí se confecciona la factura.

La utilización de RECE o de RCEL no es de elección libre, sino que depende del tipo de actividad que realice la empresa o particular y el monto de facturación anual, el facturador online podrá ser utilizado sólo dependiendo de la situación fiscal del contribuyente.

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uuuuu cuanta info... hice una busqueda en google y encontre algunas ventajas de la facturacion electronica que quiero compartir:

- Disminución los costos derivados de la utilización de papel (gastos de librería).

- Ahorro en los costos de envío de documentación por correo).

- Mayor celeridad en el envío de la documentación

- Elimina distancias geográficas.

- Reducción de los costos de almacenamiento (archivos de facturas).

- Cómputo oportuno del crédito fiscal (en el caso de las operaciones concretadas en fecha cercana a fin de cada mes).

ya que estamos pregunto, yo estoy utilizando una impresora fiscal epson lx300, es una carreta y me tiene loco. tengo la posibilidad de salir de este regimen y pasarme al de las facturas electronicas? si la respuesta es si, a la impresora fiscal me la saco definitivamente de encima? Imagen enviada

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ya que estamos pregunto, yo estoy utilizando una impresora fiscal epson lx300, es una carreta y me tiene loco. tengo la posibilidad de salir de este regimen y pasarme al de las facturas electronicas? si la respuesta es si, a la impresora fiscal me la saco definitivamente de encima? unsure.gif

 

La respuesta es Si. Muchos de nuestros clientes estan organizando el tramite junto a sus contadores para cambiarse del regimen de impresoras fiscales hacia facturacion electronica.

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Para empezar a comprender con más detalle:

Si el comerciante tiene a partir de marzo utilizar la facturación electronica...

Que comprobante se lleva el cliente RI por ejemplo??

y el Monotributista Consumidor Final??

Que paso debo implementar en la versión power??

 

Actualmente nuestro software de gestión permite emitir facturas electrónicas.

 

El proceso de facturación es igual al que se realiza cuando se emite una factura comun. Solamente hay algunas diferencias:

  • La computadora debe estar conectada a Internet, ya que el programa necesita conectarse con AFIP por "cada" factura que se emite.
  • Al finalizar un comprobante, se tiene la opcion de imprimir la factura, o de enviarla por correo electronico a la direccion del cliente.

El mismo proceso es igual para Responsable Inscripto, Responsable Monotributo y el resto de las relaciones frente al IVA. smile.gif

Que pasos se necesitan seguir?

Una vez que una empresa tiene una suscripción activa de la Edicion Power, deben generar el certificado digital ante AFIP Argentina, para luego incluirlo en nuestro software de gestión:

http://ayuda.EGAFutura.com/topic/2051-generacion-de-certificados-digitales-ante-afip

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El que busca, encuentra. :pensando:Imagen enviada aqui hago mi aporte luego varias horas de googleo:

¿Que consecuencias fiscales implica ingresar a factura electronica?

Implica quedar incorporado en el regimen de registracion electronica de la RG 1361 que trae aparejado que todas las ventas, compras, retenciones y percepciones deban ser procesadas mensualmente mediante el aplicativo SIAP, el que dara una clave de verificacion para poder liquidar el IVA.

¿Si mi empresa tiene varias actividades y alguna de ellas queda obligada implica que todas las actividades quedaran obligadas?

No, solo queda obligada por las actividades taxativamente indicadas por la AFIP y por las restantes es optativo facturar por el punto de venta de facturación electrónica o por los tradicionales. Sin embargo es recomendable incorporar todas las actividades por la flexibilidad que da la factura electronica.

¿La factura a pesar de ser electronica la puedo seguir imprimiendo?

Si, puede seguir imprimiendola como siempre, o generarla en formato pdf y enviarla por correo electronico a su cliente, o ponerla a disposicion en una pagina web en formato xml, las opciones son multiples y flexibles.

¿La AFIP obliga a un formato expecifico para la factura electronica?

No, no existe un formato estandard de factura, sino un régimen especial de autorización por parte de la AFIP (CAE en lugar de CAI)

¿Que consecuencias fiscales implica ingresar a factura electronica por el regimen optativo?

Al ingresar por este regimen usted podra optar cuando emite o cuando no emite una factura electronica. La consecuencia fiscal mayor es quedar incluido en la RG 1361 de registracion electronica. Imagen enviada (Esta parte no la entiendo demasiado).

¿Como diferencio dentro de mi empresa si una factura es o no electronica?

Esto se determina al dar de alta en la AFIP un punto de venta, aqui se indica si el mismo es o no electronico.

Habia un par de preguntas mas, pero como me parecieron un poco avanzadas, las puse aqui: http://ayuda.egafutura.com/topic/78-factura-electronica-duplicado-y-correlatividad

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Ya que este tema es nuevo para todos, hago mi pequeño aporte. Hoy el contador de uno de nuestros clientes me envio esta informacion por email.

La AFIP estableció un nuevo régimen para la emisión y el almacenamiento de comprobantes electrónicos, para operaciones realizadas en Argentina. Estos reemplazarán al tradicional soporte en papel. (Resolución General 2.485/2008). Resoluciones Marco:

-RG 1361: Régimen de almacenamiento de Duplicados Electrónicos y de Registro de Operaciones.

-RG 2758: Que respalden operaciones de Exportación.

-RG 2757: Codificación de la Operaciones Realizadas a medida que AFIP notifique.

-RG 2668: Seguros de Caución.

-RG 2557: Bienes de Capital. Bonos Fiscales.

“Los contribuyentes pueden implementar Factura Electrónica de manera Optativa para incorporar los beneficios que la misma presume, o bien de manera obligatoria a medida que AFIP notifica u obliga”.

1) Revistan el carácter de inscriptos en el impuesto al valor agregado.

2) Se encuentren adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) - Monotributo.

Comprobantes alcanzados

- Facturas o documentos equivalentes clase “A”, “B” y “E”.

- Recibos clase “A” y “B”.

- Notas de crédito y notas de débito clase “A”, “B” y “E”.

- Otros

Qué es una factura Electrónica?:

Es la representación electrónica de un comprobante original, respaldatorio de las operaciones de compraventa de cosas muebles, locaciones y prestaciones de servicios, locaciones de cosas y obras y las señas o anticipos que congelen el precio.

Características de los comprobantes electrónicos:

- Poseen efectos fiscales frente a terceros si el documento electrónico contiene el Código de Autorización Electrónico "CAE", asignado por la AFIP.

- Son identificados con un punto de venta específico, distinto a los utilizados para la emisión de comprobantes manuales o a través de controlador fiscal.

- Tienen una fecha de vencimiento específica para su remisión (10 días).

- Deben observar correlatividad numérica.

Consecuencias trae la asignación del "C.A.E."

El comprobante electrónico posee efectos fiscales si contiene el "C.A.E." otorgado por la Administración Federal de Ingresos Públicos.

Método de envío:

La modalidad tecnológica de la puesta a disposición del documento electrónico por parte del emisor debe ser acordada entre las partes intervinientes, regulando las condiciones en que se desarrollarán las transacciones electrónicas (remisión por e-mail, puesta a disposición en una página web, etc.).

Preguntas frecuentes en el sitio de AFIP: afip.gov.ar/eFactura

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Buenas! Les hago una consulta:

Nosotros tenemos comercio de venta al publico, ¿nos correspondería RECE no?

Lo mas probable es que nuestros clientes (Cons. Final) se quieran llevar la factura impresa y no por mail, ¿esta modalidad es instantánea? ¿o hay que esperar aprobación o algo por el estilo? porque si hay que esperar seria medio complicado...

Slds!!

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Buenas,

Estoy confundido respecto a si estoy obligado a facturación electrónica o no. 

Soy importador, y el 90% de las ventas son tipo B al consumidor final, en mostrador. Actualmente uso impresora fiscal, mi pregunta es, debo emitir factura electrónica B  al consumidor final? Alguien sabe o está en una situación similar?

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Hace 25 minutos , Pablo dijo:

Buenas,

Estoy confundido respecto a si estoy obligado a facturación electrónica o no. 

Soy importador, y el 90% de las ventas son tipo B al consumidor final, en mostrador. Actualmente uso impresora fiscal, mi pregunta es, debo emitir factura electrónica B  al consumidor final? Alguien sabe o está en una situación similar?

Según AFIP, aquellos contribuyentes que usen impresoras fiscales, están exceptuados:

233e8de053793936e3d7d5f3630fbd6d.png

De todas maneras te recomiendo mucho que esto lo veas en detalle con tu contador.

En caso de usar factura electrónica, deberás dar de baja la impresora fiscal.

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