Buenas!
Tengo una modificación que para quienes somos contadores sería de gran utilidad. Esto aplicaría para Argentina, no sé en otros países qué tratamiento tiene.
En el IVA compras, van el listado de facturas de un mes determinado. Ahora, el sistema asi como está, incluye las facturas en el libro de acuerdo a la fecha de emisión de las misma. Pero qué pasa cuando una factura nos llega tarde y ya hemos cerrado la declaración jurada? Cómo hacemos para tomarnos ese IVA crédito?
Es por eso que propongo que cuando se carga una factura de compra, además de poner la fecha de emisión también esté la opción de seleccionar la fecha contable, osea, en qué mes se tomará para IVA.
De esta forma, si imprimo un subdiario de IVA compras de un mes determinado, cruzará perfectamente con su DDJJ de AFIP.
Habría que modificar también el reporte que arroja el libro de IVA compras, para liste las facturas incluidas en el mes contable determado, pero detallando en cada linea la fecha correcta del comprobante. Osea:
Estamos a fin de agosto, y nos llega una factura de julio. Chequeamos si ya cerramos IVA de Julio, si es sí, la fecha de emisión seguirá siendo Julio, pero la contable Agosto. En el libro de julio no va a aparecer, en agosto sí.
Cualquier cosa o aclaración no duden en avisarme.